¿En qué consiste la actual licencia de SGAE y qué es lo que cubre?
Se trata de la licencia de servicios de programación tipo radiofónica (webcasting) y radio a la carta (podcast) en redes digitales de SGAE. Encontraréis más información desde el siguiente enlace: http://www.sgae.es/es-ES/SitePages/corp-ventalicenciaP3.aspx?l=69.
¿Se trata de una licencia para permitir que los podcasts usen música o material con copyright? ¿Quiere decir que con esta prórroga puedo seguir usando música comercial en mi podcast?
Es una licencia que autoriza a iVoox a realizar las operaciones de comunicación pública y reproducción con las obras del Repertorio de la SGAE, de igual modo que se señala en http://www.sgae.es/es-ES/SitePages/corp-ventalicenciaP3.aspx?l=69. En este sentido, podréis incluir en vuestros podcasts alojados en iVoox toda la música, tanto nacional como internacional, incluida en el repertorio que SGAE administra.
¿Si alojo mi podcast fuera de iVoox y entra por feed estoy cubierto por la licencia?
No. La licencia solo cubre el contenido alojado en iVoox.
¿Debo quitar entonces mi feed de iVoox?
No, puedes seguir teniendo tu podcast en iVoox. Pero debes tener presente que si haces uso de música u otros contenidos con derecho de autor en tu podcast sin tener una licencia puedes estar cometiendo una infracción.
¿Si estoy alojando mis audios en iVoox puedo distribuirlos en otras plataformas como iTunes o Spotify?
La licencia habla de audios alojados y publicados en iVoox y no especifica esa casuística.
¿Hasta qué fecha es la prórroga de la licencia?
Como comentamos es una información que por el momento desconocemos y que no está en nuestras manos. Nos consta que SGAE está trabajando en una licencias específicas para podcasters amateurs, pero no podemos aventurar plazos. Cuando tengamos novedades acerca del tema las comunicaremos a través de nuestras redes sociales y de nuestro blog.
¿Puedo usar fragmentos de películas o series? ¿O bien clips o partes de anuncios y trailers?
Nosotros entendemos que sí, dado que la propia licencia indica que las competencias de SGAE abarcan "las obras literarias, musicales, teatrales, cinematográficas y cualesquiera otras obras audiovisuales", De todos modos, la interpretación última de esta cuestión es de SGAE, puesto que nosotros no somos expertos.
¿Si tengo autorización del artista puedo hacer uso de su música en mi podcast?
Como comentábamos en la pregunta anterior, pensamos que sí. De todos modos, no somos expertos en Propiedad Intelectual, y las tipologías de estos derechos son múltiples: de reproducción, de sincronización... Es por este motivo que es mejor que te asesores con un experto.
Una vez finalice la prórroga de la licencia, ¿Va a afectar a los audios con carácter retrospectivo?
No. Cuando finalice la prórroga de la licencia solamente afectará a los audios que se publiquen a partir de esa fecha. Los audios ya publicados mientras estuvo vigente seguirán protegidos por la misma.
¿El fin de la licencia va a afectar a las emisoras de radio que suben audios o ellos pagan a parte sus licencias a SGAE?
No, siempre que ya cuenten con su propia licencia con SGAE.
¿Cómo me afectará si subo fragmentos de audio con música comercial una vez finalice la licencia?
No lo podemos anticipar, ya que es competencia de la SGAE.
¿Existe algún límite temporal por el cual si la música incluida en el podcast es inferior al mismo la licencia no es necesaria?
No tenemos constancia de ello. Te aconsejamos que te asesores con un experto.
¿También me afectaría si se trata de artistas que tocan en directo en mi podcast?
Dependerá si son los autores de lo que interpretan o no. En cualquier caso no somos expertos en Propiedad Intelectual, con lo que en estos casos particulares es mejor asesorarse con un experto.